Destino: necesidades temporales de liquidez en la Tesorería Municipal (plazo hasta 12 meses). Se requiere autorización del H. Cabildo (mayoría simple). Fuente de pago recursos propios. Monto máximo 6% de la Ley de Ingresos vigente. No requiere autorización Congreso Local.
Se requiere autorización del H. Cabildo y del Congreso Local. La fuente de pago son las participaciones federales. El destino de estos recursos es obra pública productiva (plazo mayor a 12 meses)
Principalmente vehículos, equipamiento y maquinaria especifica. Preferentemente se operan a inicio de la administración y el plazo máximo es al término de la gestión. Únicamente con Autorización del H. Congreso Local se puede traspasar el periodo de la administración.
Se elabora un análisis sobre la conveniencia de sustituir a los acreedores bancarios, dadas las condiciones del mercado, si es factible, se genera un escenario objetivo y se inicia con el proceso competitivo. Solo se requiere de autorización de Cabildo cuando se mejoran condiciones y el plazo no cambia. .
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